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Artículo 41 de la Ley 21.802

Modifica la ley nº 18. 695, orgánica constitucional de municipalidades, y otros cuerpos legales, con el objeto de fortalecer la institucionalidad municipal en materia de seguridad pública y prevención del delito

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1221320 / 10582996.

Texto oficial

Artículo 41.- Controles de alcohol y drogas en la vía pública. Las inspectoras e inspectores de seguridad municipal podrán colaborar, bajo la dirección de Carabineros de Chile, en la realización de las pruebas a que se refiere el inciso primero del artículo 182 de la ley N° 18.290, de Tránsito.