Texto oficial
Artículo tercero.- Mientras no se encuentre vigente el reglamento señalado en el artículo 37 de la presente ley, referido a la forma de intervención de las inspectoras y los inspectores de seguridad municipal en procedimientos policiales en calidad de coadyuvantes y el protocolo a adoptar, las municipalidades se regirán según su normativa interna.