Saltar al contenido

Artículo decimoquinto transitorio de la Ley 21.802

Modifica la ley nº 18. 695, orgánica constitucional de municipalidades, y otros cuerpos legales, con el objeto de fortalecer la institucionalidad municipal en materia de seguridad pública y prevención del delito

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1221320 / 10583046.

Texto oficial

Artículo decimoquinto.- Dentro del plazo de un año contado desde la entrada en vigencia de la presente ley, el Ministerio de Seguridad Pública deberá actualizar la Política Nacional de Seguridad Pública y ajustar su contenido a lo dispuesto en esta ley de conformidad con lo establecido en el literal c) del artículo 5° de la ley N° 21.730, que crea el Ministerio de Seguridad Pública.