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Artículo segundo del Decreto 142

Aprueba reglamento de financiamiento de las capacidades estratégicas de la defensa nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1221544 / 10584191.

Texto oficial

Artículo segundo.- Derógase el decreto supremo N° 124, de 2004, del Ministerio de Defensa Nacional, a partir de la fecha en que entre en vigencia el presente reglamento. No obstante, se continuará aplicando respecto a las adquisiciones derivadas de proyectos de inversión o de iniciativas de gastos, financiadas con los recursos del Fondo Plurianual o del Fondo de Contingencia Estratégico, mientras no entre en vigencia el reglamento de compras y adquisiciones a que se refiere el inciso tercero del artículo noveno transitorio de la ley Nº 21.174.