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Artículo sexto transitorio de la Ley 21.800 · Regula la extracción de áridos y modifica los cuerpos legales que indica

Regula la extracción de áridos y modifica los cuerpos legales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1221719 / 10584798.

Texto oficial

Artículo sexto.- El mayor gasto fiscal que signifique la aplicación de esta ley en su primer año presupuestario de vigencia se financiará con cargo al presupuesto del Ministerio de Obras Públicas. No obstante, el Ministerio de Hacienda podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere financiar con tales recursos con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público. Para los años posteriores, el gasto se financiará con cargo a los recursos que se contemplen en las respectivas Leyes de Presupuestos del Sector Público.".