Texto oficial
Artículo 19. Información del personal de planta. Tratándose del personal de planta, la planilla deberá contener la siguiente información:
a) Año y mes al que corresponde la publicación;
b) Estamento al que pertenece el funcionario o funcionaria (directivo, profesional, técnico, administrativo, auxiliar o fiscalizador, según sea el caso);
c) Nombre completo (primer apellido, segundo apellido, y nombre o nombres, según corresponda);
d) Cargo o función (esta info rmación corresponde al rol, función o cargo del funcionario o funcionaria. A modo ejemplar, en esta columna deberá indicarse si el funcionario o funcionaria desempeña el rol de: "Subsecretario o Subsecretaria de Justicia", "Jefa o Jefe de División de Administración y Finanzas", "Sec retario o Secretaria de la Unidad de Comunicaciones", etc.);
e) Grado de la escala a que esté sujeto y/o cargo con jornada, según corresponda;
f) Calificación profesional o formación (título técnico o profesional, grado académico y/o experiencia o conocimientos relevantes. Se entenderá por experiencia relevante, cualquier actividad que la persona ha desempeñado y cuya práctica prolongada le ha proporcionado conocimiento o habilidad para el desempeño del cargo público que ejerce, y no el lapso que lleva sirviendo en la institución respectiva);
g) Región. En el caso de los sujetos obligados con competencia territorial a nivel regional, provincial o comunal, tales como delegaciones presidenciales regionales, delegaciones presidenciales provinciales, gobiernos regionales, municipios y corporaciones, asociaciones y fundaciones municipales, la inclusión de esta información, no será obligatoria;
h) Unidad monetaria en la que se le paga la remuneración. En cada monto de la información a publicar se debe indicar la divisa o moneda en la cual se efectuó el pago de la remuneración (por ejemplo, peso chileno, dólar estadounidense, euro, libra esterlina, entre otras);
i) Remuneración bruta del mes. La que comprende los montos a que asciende la remuneración mensual fijada para el cargo, las bonificaciones por cumplimiento de metas u objetivos, las restantes asignaciones especiales y las horas extraordinarias percibidas por el funcionario o funcionaria en el mes que se está informando;
j) Asignaciones especiales que percibe el funcionario o funcionaria;
k) Monto total al que ascienden todas las bonificaciones por cumplimiento de metas u objetivos percibidas en el mes que se informa;
l) Número de horas extraordinarias, las que deberán ser publicadas de forma mensual, informándose además el monto exacto recibido por este concepto en el mes en que se perciba cada pago, distinguiendo entre horas diurnas, horas nocturnas y las realizadas los sábado, domingo o festivos, si procede;
m) Monto de las remuneraciones y/u honorarios adicionales que perciba el funcionario o funcionaria por la realiz ación de funciones diferentes, dentro del órgano o servicio, a aquellas que correspondan a su contratación o nombramiento, debiendo consignar la correspondiente obse rvación, y en su caso, realizar la publicación en la planilla de personal que sea la causa de ella;
n) Vigencia de la relación laboral (consignando como fecha de inicio de la relación laboral, la del ingreso efectivo del funcionario o funcionaria al servicio y la fecha de término, salvo que el vínculo sea indefinido, caso en el cual deber á hacerse mención expresa a dicha circunstancia); y
o) Observ aciones, donde se consignará cualquier otra información que se estime relevante, no debiendo señalarse información que ya se encuentre previamen te publicada en la misma planilla.