Texto oficial
Artículo 37. Adquisiciones y contrataciones no sometidas al Sistema de Compras Públicas. Se deberán publicar todas las contrataciones no sometidas al Sistema de Compras Públicas, independiente del acto o documento mediante el cual se formalizan o del monto asociado a las mismas; en especial, las indicadas en los literales a) y b) del artículo 116 del decreto Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el decreto supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que señala las contrataciones que podrán efectuarse fuera del sistema de información en comento, o la norma que lo reemplace.