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Artículo 62 de Resolución 80 EXENTA

Aprueba texto refundido , coordinado y sistematizado de la instrucción general del consejo para la transparencia, sobre transparencia activa y deroga resolución nº 500 exenta, de 2022, de este consejo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1221720 / 10584948.

Texto oficial

Artículo 62. Cumplimiento mediante planilla. Si el sujeto obligado no contare con el enlace indicado en el artículo anterior, deberá consignar la siguiente información en una planilla: a) Nombre o denominación del servicio que se entrega; b) Breve descripción del servicio; c) Los requisitos y antecedentes para acceder al servicio, y si es factible realizar la solicitud en línea. En este último caso, deberá incorporarse el enlace correspondiente; d) Los trámites para realizar y/o las etapas que contempla; e) El valor del servicio o indicación de que es gratuito; f) Lugar o lugares en que se puede realizar y/o solicitar; y g) Enlace a la página web del organismo y/o documento donde se contenga información complementaria del servicio respectivo.