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Artículo 109 de Resolución 80 EXENTA

Aprueba texto refundido , coordinado y sistematizado de la instrucción general del consejo para la transparencia, sobre transparencia activa y deroga resolución nº 500 exenta, de 2022, de este consejo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1221720 / 10585007.

Texto oficial

Artículo 109. Mensaje en caso de ausencia de información mensual en una materia o ítem. En el caso que el sujeto obligado no hubiese generado información en el mes al que corresponde la publicación, deberá señalarlo expresamente, contemplando en cada una de las materias o de los ítems en que se configure dicha situación, un mensaje del siguiente tenor u otro similar: "Este órgano no ha dictado actos y resoluciones que tengan efectos sobre terceros", "Este órgano no ha realizado llamados a concursos de selección del personal", "Este órgano no ha realizado publicaciones en el Diario Oficial", o "Este servicio no ha efectuado transferencias no regidas por la ley Nº 19.862", según corresponda en cada caso.