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Decreto Con Fuerza de Ley 52
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Artículo 10
Artículo 10 del Decreto Con Fuerza de Ley 52
Decreto Con Fuerza de Ley 52
Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
1931-04-24
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Identificadores oficiales
idNorma: 1221721 · idParte: 10584842
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Texto oficial
Art. 10. El Presidente de la República reglamentará la aplicación de la presente ley.