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Artículo 28º de Auto Acordado 81

Acta n° 81-2026

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1222298 / 10587639.

Texto oficial

Artículo 28º. Condiciones de heredabilidad: La bonificación por retiro voluntario y la bonificación adicional serán transmisibles por causa de muerte si el funcionario o funcionaria fallece entre la fecha de postulación y antes de percibirla, siempre que cumpla con los requisitos para acceder a ellas y sea beneficiario(a) de un cupo de los establecidos en el artículo 5° en el año de la postulación.