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Artículo N° 1 de Auto Acordado S/N

Auto acordado del tribunal calificador de elecciones que regula el otorgamiento de la bonificación establecida por el artículo 52 de la ley n° 21.647, para los años 2024, 2025 y 2026

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1222768 / 10589595.

Texto oficial

1° Serán beneficiarios de la bonificación adicional, por una sola vez, los funcionarios y funcionarias del Tribunal Calificador de Elecciones y de los Tribunales Electorales Regionales contratados conforme al Código del Trabajo, que cumplan los siguientes requisitos: a. Estar afiliados y afiliadas al sistema de pensiones establecido en el decreto ley N° 3.500, de 1980, que coticen o hubieren cotizado en dicho sistema, según corresponda. b. Tener a la fecha de postulación veinte o más años de servicio, continuos o discontinuos, en los tribunales que integran la Justicia Electoral. c. Cumplir 60 años de edad, si son mujeres, o 65 años de edad, si son hombres, entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2026. Además, podrá postular el personal que tenga 60 o más años, si son mujeres, o 65 o más años de edad, si son hombres, al 31 de diciembre de 2023.