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Artículo 104 (DEL ART. UNICO) del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 122290 / 8455200.

Texto oficial

Artículo 104. La declaración debidamente tramitada y DFL. 3-2345/79 el comprobante de pago cancelado, en los casos que proceda, Art. 46º,inc.1 habilitar al interesado para retirar las mercancías desde 1º DFL. 1/97 los recintos de depósito. Art. 111º