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Artículo 11 del Decreto 1114

Establece reglamento para la habilitacion y concesion de los recintos de deposito aduanero y el almacenamiento de las mercancias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 122431 / 6123203.

Texto oficial

Artículo 11: Deberán acompañar a la presentación un proyecto de funcionamiento del recinto de depósito el cual deberá contener: a) Descripción del sistema computacional a utilizar. b) Diagrama (''layout'') de planta, a escala 1:500, indicando bodegas o zonas adyacentes y accesos y flujos de vehículos y mercancías. Se deberán indicar las características de las bodegas, especialmente lo referido a puertas o cierres. c) Descripción de los servicios adicionales y complementarios que se van a prestar dentro del recinto de depósito. d) Descripción de los medios y sistemas de seguridad que se proponen implementar al interior del recinto. e) Diagrama en el cual se señalen las rutas por las cuales estimativamente deberá verificarse el traslado de las mercancías entre los puntos habilitados y el recinto de depósito y viceversa.