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Artículo 2 de la Ley 21.822

Ley integral de las personas mayores y de promoción del envejecimiento digno, activo y saludable

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1224632 / 10596950.

Texto oficial

Artículo 2.- Principales obligados por esta ley. El Estado, con participación de las comunidades, las familias y las personas mayores, tienen el deber de respetar, proteger y promover el ejercicio y goce de los derechos de las personas mayores, en igualdad de condiciones con el resto de la población. Deberán promover el envejecimiento digno, activo y saludable de todas las personas, y la integración activa, el bienestar y la participación en la comunidad de las personas mayores.