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Artículo 4 de la Ley 21.816

Modifica las leyes que indica para mejorar la fiscalización y aumentar las sanciones por evasión del pago de tarifas en el transporte público remunerado de pasajeros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1224696 / 10597080.

Texto oficial

Artículo 4.- Agrégase en el artículo 3° ter de la ley N° 18.696, que modifica artículo 6° de la ley N° 18.502, autoriza importación de vehículos que señala y establece normas sobre transporte de pasajeros, el siguiente inciso final, nuevo: "Asimismo, las bases de licitación para la concesión del uso de vías destinadas a la prestación de servicios urbanos de transporte público remunerado de pasajeros mediante buses deberán contemplar la incorporación de cabinas de seguridad, orientadas a proteger eficazmente la vida y salud de quienes operen dichos vehículos.".