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Artículo 2 de la Ley 21.824

Modifica la ley n° 20.019, que regula las sociedades anónimas deportivas profesionales en materia de fiscalización, de conflictos de interés y de fomento de la participación de los hinchas en la propiedad de las mismas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1224810 / 10597576.

Texto oficial

Artículo 2.- Interprétase el inciso segundo del artículo 2° transitorio de la ley N° 20.019 en el sentido de que la suspensión de las actividades de la organización deportiva concedente durante el tiempo que dure la concesión se limita al ejercicio de los derechos de uso y goce de los bienes y derechos federativos que sean objeto de la concesión, y puede, en relación con los restantes bienes y demás derechos que posea el concedente, desarrollar sus actividades conforme a la ley.