Saltar al contenido

Artículo 10 del Decreto 43

Establece norma primaria de calidad del aire para plomo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1224905 / 10597889.

Texto oficial

Artículo 10.- Catastro de estaciones. El Ministerio, en un plazo de 12 meses contado desde la publicación de la presente norma en el Diario Oficial, remitirá a la Superintendencia un informe identificando aquellas estaciones de monitoreo que realicen muestreo de MP10 y análisis de plomo, considerando las zonas prioritarias del artículo 11, con la finalidad de ampliar la red de estaciones utilizadas para el seguimiento de la presente norma. La Superintendencia deberá evaluar la incorporación de las estaciones mencionadas en el informe en la actualización de su resolución exenta N° 1.690, del 2022, de la Superintendencia o la que la reemplace.