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Artículo 5° de Resolución 1400 EXENTA

Aprueba procedimientos para la aplicación de los artículos 54 y 55 de la ley n° 19.628, modificada por la ley n° 21.719

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1225450 / 10600009.

Texto oficial

Artículo 5°. Posibilidad de subsanar la solicitud En caso de que la presentación se haya ingresado de manera incompleta, el Oficial de Datos requerirá al solicitante, a través de la oficina de partes, la corrección de la falta o el acompañamiento de los documentos respectivos, con indicación de que, si así no lo hiciere dentro del plazo de 5 días hábiles, se le tendrá por desistida su solicitud.