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Artículo 4° de Resolución 1400 EXENTA

Aprueba procedimientos para la aplicación de los artículos 54 y 55 de la ley n° 19.628, modificada por la ley n° 21.719

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1225450 / 10600008.

Texto oficial

Artículo 4°. Revisión de Admisibilidad: La oficina de partes asignará un código de trazabilidad a las solicitudes de los derechos de titulares, conforme a la normativa vigente, y enviará la solicitud al Oficial de Datos. El Oficial de Datos efectuará la admisibilidad de la solicitud, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 3°.