Texto oficial
Artículo 49: La administración provisoria tendrá por
objeto dar continuidad al servicio, así como dar
cumplimiento a las obligaciones y ejercer los derechos
emanados del contrato de concesión.
Establece normas y procedimientos que regulan los procesos de licitacion a que se refiere el articulo 7º de la ley nº19.542
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 122591 / 6123975.