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Artículo primero transitorio de la Ley 21.836 · Extiende vigencia y aumenta cobertura de la ley n° 21.748 y modifica normas que indica

Extiende vigencia y aumenta cobertura de la ley n° 21.748 y modifica normas que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1227071 / 10606201.

Texto oficial

Artículo primero.- Autorízase al Ministerio de Hacienda a efectuar uno o más aportes fiscales al patrimonio del Fondo de Garantías Especiales que crea la ley N° 21.543, por el monto total de hasta 175 millones de dólares de los Estados Unidos de América, o su equivalente en moneda nacional, mediante uno o más decretos exentos expedidos bajo la fórmula "por orden del Presidente de la República". Dichos aportes se podrán enterar en una o más transferencias hasta el 31 de mayo de 2028.