Texto oficial
Artículo 3º.- Para los fines del presente Reglamento,
las expresiones ''Administración Penitenciaria'' y
''Administración'' se entenderán referidas a Gendarmería
de Chile.
Aprueba ''reglamento de establecimientos penitenciarios''
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 123280 / 8491386.