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Artículo 8 de la Ley 6.528 · Reorganiza los servicios del trabajo

Reorganiza los servicios del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 123791 · idParte: 7238260

Texto oficial

Artículo 8.o La Dirección General del Trabajo tendrá, además, un Servicio de Visitación, el que dependerá directamente del Director General. La Dirección General queda autorizada por la presente ley, para organizar el funcionamiento de cursos preparatorios y de perfeccionamiento para el personal en servicio y su desarrollo se establecerá en el Reglamento respectivo.