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Artículo 6 TRANSITORIO de la Ley 6.528 · Reorganiza los servicios del trabajo

Reorganiza los servicios del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 123791 · idParte: 7238282

Texto oficial

Artículo 6.o Los funcionarios que sin poseer título profesional desempeñen cargos para los cuales esta ley establece ese requisito, conservarán sus actuales derechos mientras permanezcan en el Servicio.