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Artículo 3 del Decreto Ley 572

Jubilación del personal de operarios y empleados a jornal del servicio de agua potable y alcantarillado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 123965 / 7238403.

Texto oficial

Art. 3.o El presente decreto-ley comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.