Saltar al contenido

Artículo 6 de la Ley 6.526 · Fija los sueldos y distribución de la planta de los empleados de correos y telegrafos

Fija los sueldos y distribución de la planta de los empleados de correos y telegrafos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 123973 / 7238430.

Texto oficial

Artículo 6.o Los Mensajeros del Telégrafo del Estado tendrán la calidad de empleados públicos, y, en consecuencia, regirá para ellos el Estatuto Orgánico de los Funcionarios Civiles del Estado (D.F.L. N.o 3,740, de 22 de Agosto de 1930), y las disposiciones del D.F.L. N.o 1,340 bis, que creó la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.