Texto oficial
Artículo 3.o La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas computará a dicho personal todo el tiempo que corresponda a los aportes que deban hacerse de acuerdo con el artículo anterior.
Incluye al personal docente, administrativo y auxiliar de la universidad de concepcion en los beneficios que otorga la caja nacional de empleados publicos y periodistas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 123975 / 7238453.