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Artículo 6 de la Ley 6.755

Incluye al personal docente, administrativo y auxiliar de la universidad de concepcion en los beneficios que otorga la caja nacional de empleados publicos y periodistas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 123975 / 7238456.

Texto oficial

Artículo 6.o Las obligaciones contraídas por los empleados con la Caja de Empleados Particulares, seguirán cumpliéndose en las condiciones estipuladas entre dicha Caja y los empleados y quedarán sujetas al pago de ellas las imposiciones que existan a su favor. Las imposiciones de los empleados en dicha institución, que no tengan compromisos pendientes con la Caja, serán devueltos a los interesados después del plazo de dos meses de vigencia de esta ley.