Texto oficial
Artículo 7.o Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo, por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Incluye al personal docente, administrativo y auxiliar de la universidad de concepcion en los beneficios que otorga la caja nacional de empleados publicos y periodistas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 123975 / 7238457.