Texto oficial
Artículo 116.- Para los efectos de calcular la
distancia que autorice la aplicación de precios libres, los
megawatts-kilómetro se medirán respecto de la subestación
primaria de distribución más cercana al consumo. La
distancia se medirá entre la subestación primaria y el
punto de conexión con las instalaciones del cliente
siguiendo el trayecto más corto, a través de líneas
existentes.