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Artículo 291-2 del Decreto 327

Fija reglamento de la ley general de servicios electricos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 124102 · idParte: 8717657

Texto oficial

Artículo 291-2.- El informe de la Comisión deberá explicitar los fundamentos para la dictación del decreto de racionamiento en el sistema eléctrico correspondiente, los motivos de su plazo de vigencia, y las medidas y procedimientos específicos que el decreto deberá contener.