Texto oficial
Artículo 24º.- En el estudio técnico para calificar
terrenos de aptitud preferentemente forestal que comprenda
suelos de ñadis, además de los antecedentes señalados en
el artículo 20º de este reglamento, se deberá identificar
las siguientes variables:
a) profundidad y variaciones del nivel freático;
b) profundidad de la capa de fierrillo;
c) grado de compactación; y
d) estacionalidad de inundación.