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Artículo 1 de la Ley 16.952

Modifica los códigos civil, procedimiento civil y comercio y las leyes de quiebras y de cuentas corrientes bancarias y cheques, en lo que se refiere a plazos de prescripcion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 125342 / 8765125.

Texto oficial

"Artículo 1º.- Modifícanse en la forma que a continuación se indica los siguientes artículos del Código Civil: ARTICULO 271 Reemplázase, en el Nº 3º, las palabras "quince años" por "diez años". ARTICULO 272 Sustitúyese el inciso segundo por el siguiente: "No podrá intentarse acción fundada en las causales de los números 3º y 4º del artículo anterior en contra de persona casada no divorciada perpetuamente, a menos que el hijo, atribuyéndose a la vez la calidad de hijo natural de la mujer y del marido, demandare a ambos a un tiempo.". ARTICULO 739 Sustitúyese, en los incisos primero y segundo, las palabras "quince años" por "cinco años". ARTICULO 882 Suprímese, en el inciso segundo, la frase que dice: "contados como para la adquisición del dominio de los fundos.", reemplazando por un punto (.) la coma (,) que sigue a la palabra "años". ARTICULO 885 Sustitúyese, en el número 5, las palabras "diez años" por "tres años". ARTICULO 887 Sustitúyense las palabras "diez años" por "tres años". ARTICULO 962 Reemplázanse en el inciso tercero, las palabras "quince años" por "diez años". ARTICULO 1269 Sustitúyese por el siguiente: "Artículo 1269.- El derecho de petición de herencia expira en diez años. Pero el heredero putativo, en el caso del inciso final del artículo 704, podrá oponer a esta acción la prescripción de cinco años.". ARTICULO 1683 Se reemplazan las palabras "quince años" por "diez años". ARTICULO 1692 Se sustituyen, en el inciso final, las palabras "quince años" por "diez años". ARTICULO 2042 Reemplázanse las palabras "quince años" por "cinco años". ARTICULO 2277 Sustitúyense las palabras "quince años por "cinco años". ARTICULO 2508 Deróganse los incisos segundo y tercero. ARTICULO 2510 Sustitúyense, en la circunstancia 1a. de la regla 3a., las palabras "quince años" por "diez años". ARTICULO 2511 Reemplázanse las palabras "quince años" por "diez años". ARTICULO 2512 Se sustituyen, en la excepción 1a., las palabras "quince años" por "diez años". ARTICULO 2515 Reemplázanse, en el inciso primero, las palabras "cinco años" por "tres años" y "diez" por "cinco"; y, en el inciso segundo, las palabras "cinco años" por "tres años" y "otros cinco" por "otros dos". ARTICULO 2520 Sustitúyense en el inciso segundo, las palabras "quince años" por "diez años".