Texto oficial
Artículo 23°.- La elaboración de los programas de
estudio será de responsabilidad de la Institución, y
éstos deberán ser aprobados por la Secretaría Regional
Ministerial de Educación que corresponda.
Los contenidos programáticos de las asignaturas del
Area de Capacitación en Producción Silvoagropecuaria,
serán primordialmente de carácter instrumental y
funcional, de aplicación práctica que le permitan al
participante afrontar en forma rápida y eficiente los
problemas básicos que le presente dicha área.
Los contenidos del área de formación humana y
ético-social deberán facilitar el desarrollo de la persona
especialmente para su participación en la vida laboral y
comunitaria.