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Artículo 38 del Decreto 348

Reglamenta articulo 27 del decreto ley n° 3.476 de 1980, sobre educacion fundamental de capacitacion tecnico-profesional o de enseñanza practica de cualquier rama de la educacion agregado por ley n° 18.681, de 1987

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12547 / 7145032.

Texto oficial

Artículo 38°.- El Plan de Estudio para la Etapa Básica (1° y 2° grado) y para la Etapa Media (1° y 2° grado), será el siguiente: I. Etapa Básica. a) Area de Educación General Número de clases _________________ 1° grado 2° grado ________ ________ Castellano 82 82 Matemática 80 80 Ciencias Sociales 54 54 Ciencias Naturales 54 54 Educación Familiar 36 36 Desarrollo de la Comunidad 36 36 Consejo de Curso 18 18 ______________________ Total del Area 360 360 b) Area de Educación Técnica 360 360 c) Area de Educación Complementaria 80 80 ______________________ TOTAL 800 800 2. Etapa Media. a) Area de Educación General Número de clases _________________ 1° grado 2° grado ________ ________ Castellano 72 72 Matemática 70 70 Ciencias Sociales 46 46 Ciencias Naturales 46 46 Idioma Extranjero 36 36 Educación Familiar 36 36 Desarrollo de la Comunidad 36 36 Consejo de Curso 18 18 ______________________ 360 360 b) Area de Educación Técnica 360 360 c) Area de Educación Complementaria 80 80 ______________________ TOTAL 800 800 Los programas de estudio de cada curso deberán elaborarse para la Etapa y el Grado que se desee impartir.