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Artículo 11 del Decreto 351

Aprueba reglamento para neutralizacion y depuracion de los residuos liquidos industriales a que se refiere la ley n° 3.133

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12568 / 8031179.

Texto oficial

Artículo 11°. Ingresado el expediente en la Oficina de Partes de la Superintendencia, se procederá a su revisión y emisión del informe técnico correspondiente dentro de un plazo de veinticinco días. Si no hay observaciones, se preparará una proposición de decreto de autorización del sistema de depuración y neutralización de los riles propuesto por el interesado, dentro del plazo de siete días, contados desde la fecha de emisión del informe.