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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece nuevas municipalidades de la region metropolitana

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 125937 / 8871936.

Texto oficial

Artículo 2º.- El primer presupuesto de cada una de las nuevas municipalidades será aprobado por el Intendente de la Región Metropolitana, con visación del Ministro del Interior.