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Artículo 32 (DEL ART. FINAL) de la Ley 9.909 · Fija los textos definitivos del código de aguas

Fija los textos definitivos del código de aguas

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 125984 / 7240811.

Texto oficial

Artículo 32. Todo decreto de concesión de merced de agua fijará su objeto, la cantidad de agua expresada en medidas métricas y de tiempo, su calidad y los demás requisitos que exige este Código.