Texto oficial
Artículo 32. Todo decreto de concesión de merced de agua fijará su objeto, la cantidad de agua expresada en medidas métricas y de tiempo, su calidad y los demás requisitos que exige este Código.
Fija los textos definitivos del código de aguas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 125984 / 7240811.