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Artículo 99 (DEL ART. FINAL) de la Ley 9.909 · Fija los textos definitivos del código de aguas

Fija los textos definitivos del código de aguas

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 125984 / 7240895.

Texto oficial

Artículo 99. El Directorio podrá ordenar de oficio la inserción en el Registro de la Asociación de las inscripciones respectivas que existan en el Registro de Aguas del Conservador.