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Artículo 14 de la Ley 6.482 · Crea un consejo de fertilizantes

Crea un consejo de fertilizantes

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 126013 / 9083989.

Texto oficial

Artículo 14 Las concesiones para la explotación de cada covadera de guano blanco no podrán otorgarse por un plazo mayor de un año. El Reglamento que dicte el Presidente de la República fijará los plazos para las concesiones de guano rojo, las que no podrán otorgarse por un período superior a cinco años, plazo que podrá extenderse hasta diez años, cuando se trate, de guanos concentrados por procedimientos autorizados por el Consejo Técnico de Fertilizantes. Las concesiones que se otorguen, serán reducidas a escritura pública.