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Artículo 41 del Decreto 355

Aprueba el reglamento orgánico de los servicios de vivienda y urbanizacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12617 / 7145330.

Texto oficial

Artículo 41º.- Corresponde en cada Serviu al Departamento de Administración o a la Subdirección de Administración y Finanzas, según sea el caso, velar por el cumplimiento de la ley en materia de salas cunas y jardines infantiles.