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Artículo 42 del Decreto 355

Aprueba el reglamento orgánico de los servicios de vivienda y urbanizacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 12617 · idParte: 7145331

Texto oficial

ARTICULO 42° El Departamento de Programación Física, Control y Gestión de Suelo del Serviu tendrá las siguientes funciones y atribuciones: a) Aportar los antecedentes que le sean solicitados por las Unidades Técnicas del Servicio para la formulación del preprograma y el anteproyecto de presupuesto regionales; b) Controlar el avance de las etapas asociadas a los proyectos y programas en las fases previas a su ejecución y su correspondencia con la programación aprobada por el Ministerio; c) Evaluar la ejecución de las obras conforme a los plazos y condiciones establecidos en los programas, así como el desarrollo de la labor indirecta asociada a ellas; d) Realizar un balance físico de la labor cumplida por el Servicio durante el año; e) Mantener a través de los sistemas que se dispongan para tal efecto un catastro de los bienes inmuebles de los cuales el Servicio es propietario; f) Realizar los informes relativos a la disponibilidad de bienes inmuebles para los requerimientos que le realicen las Unidades Técnicas y, en general, poner a disposición de éstas los inmuebles de propiedad del Servicio, sin perjuicio de los estudios técnicos que realicen dichas Unidades y la asesoría que preste el Departamento Jurídico en materias de su competencia; g) Efectuar los estudios y tasaciones indispensables para fijar valores de transferencia de terrenos que se hayan urbanizado o de inmuebles que se construyan o hayan construido, confeccionado, cuando procediere, las tablas de valores correspondientes; h) Proponer los integrantes de las comisiones de hombres buenos de entre los tasadores nominados por decreto, informando sobre la conveniencia o inconveniencia de reclamar de las tasaciones practicadas por dichas comisiones en los juicios de expropiación; i) Evaluar la labor del Servicio en materia de asignación de viviendas; j) Mantener información actualizada de toda la labor realizada por el Servicio y, en general, llevar a cabo cualquier otro trabajo que le encomiende el Director en el marco de sus competencias.