Texto oficial
Artículo 16°.- La División de Administración y
Finanzas tendrá por finalidad la más eficiente
administración de los fondos con que cuenta el Hospital;
además, sugerirá las fuentes de financiamiento más
adecuadas a los fines del establecimiento y propenderá a su
correcta utilización.
Sus funciones especificas serán la siguientes:
- Formular y proponer el proyecto de presupuesto anual
del Hospital para la aprobación del Director de Previsión
de Carabineros;
- Ejecutar el presupuesto aprobado de acuerdo a las
normas legales vigentes;
- Velar por la correcta utilización de los recursos
financieros;
- Estudiar, sugerir y aplicar los aranceles
correspondientes a las prestaciones que se efectúen en el
Hospital;
- Velar porque la recaudación de fondos sea oportuna y
se ajuste a las normas que le sean aplicables;
- Proponer medidas para obtener fuentes de
financiamiento y para racionalizar los gastos;
- Coordinar y supervisar las operaciones financieras
contables y presupuestarias del establecimiento, con arreglo
a las demás disposiciones a que ellas deban ceñirse;
- Emitir informes financieros periódicos para la toma
de decisiones y cuando le sean requeridos;
- Estudiar y supervisar los métodos propuestos para la
determinación de costos operativos del establecimiento;
- Supervisar la adquisición, distribución y custodia
de los suministros necesarios para el normal funcionamiento
de las actividades del Hospital, e - Implementar y
supervisar los procedimientos conducentes a obtener un buen
servicio de alimentación.