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Artículo 84 del Decreto 357

Reglamento general de cementerios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12643 / 7145531.

Texto oficial

ARTICULO 84° El presente reglamento entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.