Texto oficial
Artículo 56.- Los socios de las cooperativas no pagarán el impuesto de Segunda Categoría de la Ley de Impuesto a la Renta por el interés que reciban sobre sus acciones y cuotas de ahorro.
Fija el texto refundido, actualizado y sistematizado del decreto con fuerza de ley numero 326, de 1960, sobre cooperativas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 127072 / 9002126.