Saltar al contenido

Artículo 63 del Decreto 20

Fija el texto refundido, actualizado y sistematizado del decreto con fuerza de ley numero 326, de 1960, sobre cooperativas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 127072 / 9002133.

Texto oficial

Artículo 63.- Previo informe favorable de la Dirección de Industria y Comercio, las mismas Cajas e instituciones de previsión facilitarán a las cooperativas de consumo y vivienda, formadas exclusivamente por sus imponentes, préstamos hasta por una suma igual al 75% de su capital pagado.