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Artículo 76 del Decreto 20

Fija el texto refundido, actualizado y sistematizado del decreto con fuerza de ley numero 326, de 1960, sobre cooperativas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 127072 / 9002150.

Texto oficial

Artículo 76.- Las cooperativas agrícolas y pesqueras quedarán exentas del impuesto a las compraventas establecido en la ley 12.120, en las operaciones de venta que hagan con sus socios y que recaigan en artículos necesarios para la explotación agrícola y pesquera. Quedarán igualmente exentas del total de dicho impuesto en las operaciones de compra que hagan con sus socios de productos que provengan de sus explotaciones agrícolas o pesqueras.