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Artículo 134 del Decreto 20

Fija el texto refundido, actualizado y sistematizado del decreto con fuerza de ley numero 326, de 1960, sobre cooperativas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 127072 / 9002214.

Texto oficial

Artículo 134.- Las atribuciones que las leyes o reglamentos confieren en materia de cooperativas a otros organismos o instituciones del Estado se entenderán conferidas al Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en la forma señalada en el presente decreto con fuerza de ley, con excepción de aquellas que las disposiciones del mismo atribuyen a otros organismos o instituciones.