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Artículo 16 del Decreto Con Fuerza de Ley 5200

Sobre instituciones nacionales patrimoniales dependientes del servicio nacional del patrimonio cultural

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 129136 · idParte: 8127484

Texto oficial

Artículo 16. Ningún documento del Archivo Nacional podrá salir de su establecimiento sin previa orden del Presidente de la República, expedida con todos los requisitos legales, para cada caso.